En 2020, la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) formuló cargos gravísimos en contra de la inmobiliaria Reconsa por la construcción ilegal de una calle en el Santuario de la Naturaleza Campo Dunar de la comuna de Concón, región de Valparaíso.
Tras ello, la SMA paralizó las obras de la empresa durante cinco meses y aprobó un programa de cumplimiento presentado por la empresa Reconsa por el proyecto “Urbanización y Loteo Costas de Montemar VI Etapa”.
Dos años después, el Segundo Tribunal Ambiental de Chile dejó sin efecto esa resolución y, junto con ello, también el programa de cumplimiento aprobado por la SMA. Lo anterior, luego de una reclamación presentada por la organización Duna Viva.
La acción legal, interpuesta por la Fundación Yarur Bascuñán y la Corporación Pro-Defensa del Patrimonio Histórico y Cultural de Viña del Mar –perteneciente al movimiento medioambiental Duna Viva–, surge a partir de la suspensión del procedimiento sancionatorio en contra de la SMA.
“Se acoge parcialmente la reclamación (…) por cuanto, la medida de revegetación, al realizarse en un lugar distinto al de la intervención, tiene un carácter compensatorio, por ello, no constituye una acción para hacerse cargo de los efectos negativos de la infracción, por el contrario, amerita que esta sea evaluada conjuntamente por el proyecto”, dice la sentencia.
Desde el Tribunal Ambiental califican la resolución de la SMA como un “vicio de legalidad” pues, respecto a la medida de revegetación, se ubica en un sector distinto al de la intervención del proyecto y eso, explican desde la entidad, requiere una Evaluación Ambiental previa.