El Segundo Tribunal Ambiental ordenó la paralización parcial de un proyecto que incluye la construcción de 54 casas exclusivas en Lo Barnechea.
La determinación fue adoptada luego de que la actual administración del alcalde Cristóbal Lira reclamara por eventuales errores en la tramitación de la iniciativa, aprobada en primera instancia bajo la gestión del exjefe comunal Felipe Guevara.
En buenas cuentas, la casa edilicia acusa que el proyecto -conocido como Roof La Dehesa– eludió su ingreso al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA). Según argumentó Natalia Alfieri, abogada patrocinante de la municipalidad, el proyecto debió pasar por el SEIA al emplazarse en una “zona latente o saturada” y por ocupar una superficie de más de 7 hectáreas.
Además, de acuerdo a los reclamantes, la iniciativa ocupará terrenos que corresponden a un área verde protegida, contenida en el Plan Regulador Metropolitano de Santiago.
“Actuar errático”
En medio de la disputa ante el tribunal ambiental, la empresa Miradores de la
Dehesa SpA, titular del proyecto, respondió a los emplazamientos de la administración comunal.
En primer lugar, alegaron que si bien la construcción contempla predios por 11,4 hectáreas, ésta sólo pretende la intervención de 6,8 ha, de modo que no debería ser sometida a análisis por el SEIA.
Asimismo, detallaron que los predios ya no constituyen un área verde protegida, pues la declaratoria caducó en 2010. Y por si fuera poco, denunciaron un actuar “errático” de la casa edilicia. Esto, porque como se adelantó, el proyecto cuenta con permisos de la propia Dirección de Obras Municipales (DOM) de Lo Barnechea que datan desde la administración del exalcalde Felipe Guevara.
El valor de las casas de acuerdo a Diario Financiero supera los $1.100 millones.
SMA no ve irregularidades
Quien también tuvo que ofrecer respuestas fue la propia Superintendencia de Medio Ambiente (SMA).
Precisamente el municipio reclamó ante el tribunal que el organismo fiscalizador -pese a sus denuncias- había decidido archivar la causa.
Fue así como la SMA aseveró que, a su juicio, “no existe humo de buen derecho que justifique” la paralización de las faenas en el sector.
Esto, puesto que -tal como adujo la empresa titular- el área de intervención es menor a 7 hectáreas y debido a que “el Cerro del Medio no constituye un área de valor natural”
La decisión
Tras escuchar a las partes, el tribunal concluyó que del examen de los documentos incorporados en la causa “se colige que existen diferencias relevantes en la superficie que abarca el proyecto para los efectos de un eventual ingreso de este al sistema de evaluación de impacto ambiental, cuestión que corresponderá definir en la decisión de fondo”.
“Dicha diferencia constituye, a juicio de este Tribunal, una presunción grave del derecho que se reclama y de los hechos denunciados, así como un riesgo de peligro en la demora, debido a que una eventual realización del proyecto sin ingresar al SEIA en forma previa –debiendo hacerlo- frustraría tanto la pretensión de la reclamante como la protección del interés jurídicamente tutelado”, agrega.
Lea el fallo
Así, el organismo sostuvo que “se colige que existe una situación inminente de perjuicio irreparable, ya que el proyecto se encuentra actualmente en ejecución, sin que medie decisión jurisdiccional acerca de la legalidad de la resolución reclamada”.
De este modo, los ministros Cristián Delpino Lira, Cristián López Montecinos y Daniella Sfeir Pablo ordenaron la paralización parcial de las faenas. Esto, con el voto en contra de esta última magistrada, quien estuvo por la idea de “conceder la medida cautelar solicitada respecto de todas las obras del proyecto”.