El Gobierno presentó este jueves el calendario de restricción vehicular en Santiago, que como cada año se aplicará desde mayo hasta agosto.
Se trata de la tradicional Gestión de Episodios Críticos (GEC) que consiste en la implementación de diversas medidas para disminuir la contaminación ambiental. Esto ya que con el frío empeoran las condiciones de ventilación y, por ende, el esmog se concentra en la cuenca de la región Metropolitana.
La principal es la restricción vehicular, que se implementa de lunes a viernes entre 7:30 a 21:00 entre el 1 de mayo y el 31 de agosto. Esto significa que durante uno o más días a la semana algunos vehículos no podrán circular al interior del anillo de Américo Vespucio.
El primer grupo afectado por esto son los autos con sello verde inscritos antes del 1 de septiembre del año 2011 y también de motos inscritas desde el año 2002 y antes del 1 de septiembre del año 2010.
El calendario de patentes es el siguiente:
Los autos y motos inscritos con posterioridad a las fechas mencionadas no tienen restricción.
Restricción vehicular en Santiago sin sello verde
En tanto, los vehículos sin sello verde no pueden circular por el interior del anillo de Américo Vespucio, de lunes a viernes entre 7:30 y 21:00, a excepción de los festivos. A ellos se suman las motos con fecha de fabricación anterior a 2002. Afuera del anillo tendrán un calendario de restricción de cuatro dígitos por día.
Igualmente, habrá restricción de cuatro dígitos para los buses de transporte privado de pasajeros, interurbanos y rurales sin sello verde, los que no podrán circular en la provincia de Santiago y en las comunas de San Bernardo y Puente Alto. Esto de lunes y viernes desde las 10:00 hasta las 16:00.
Junto con ello, los vehículos de transporte de carga sin sello verde tendrán restricción de cuatro dígitos dentro del anillo Américo Vespucio, de lunes a viernes entre las 10:00 y 18:00.
Alerta, Preemergencia y Emergencia
Si las condiciones de contaminación empeoran, se podrá decretar Alerta, Preemergencia y Emergencia Ambiental, lo que modifica las medidas.
En Alerta, se prohíbe el uso de calefactores a leña en toda la región, excepto pellets.
En caso de Preemergencia, se sumarán dos dígitos a la restricción sin sello verde.
Cuando hay Emergencia, en tanto, se sumarán cuatro dígitos a la restricción sin sello verde y dos dígitos a los autos con sello verde que están afectos a la medida.
En estas últimas dos fases se prohíbe el uso de cualquier tipo de calefactor a leña en la RM, incluido pellets.
Según información del Gobierno, la multa por no respetar la restricción vehicular parte en 1 UTM y puede llegar a 1,5, o sea, desde $51 mil a $75 mil.