Los alegatos de su defensa y la decisión del Pleno: lo que dejó la remoción de Vivanco de la Suprema

Publicado por Diego Álvarez Calvo
La información es de Miguelángel Araya
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La Corte Suprema removió a Ángela Vivanco del Poder Judicial por su mal comportamiento en el ejercicio de sus funciones, tras abrirse un cuaderno de remoción en su contra. A pesar de los alegatos de su defensa, encabezada por el abogado Cristóbal Osorio, el Pleno de la Corte Suprema conformado por 19 ministros decidió su destitución. Se le acusó de intervenir en casos como "Cascadas" y "Penta" para acelerar procesos. Aunque la defensa argumentó falta de debido proceso y pruebas ilícitas, la Corte Suprema consideró que su comportamiento afectaba los principios de independencia, imparcialidad, probidad, integridad y transparencia que deben respetar los miembros de la magistratura.

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Un hecho histórico se experimentó durante el recién pasado jueves, cuando el Pleno de la Corte Suprema determinó remover a Ángela Vivanco del Poder Judicial, al considerar que “no ha tenido un buen comportamiento en el ejercicio de sus funciones”.

Cabe recordar que este desenlace se concreta luego que se abriera un cuaderno de remoción contra la jueza, quien a sus 61 años vio terminada su carrera judicial, la que era bastante prematura, ya que asumió como ministra del máximo tribunal en agosto de 2018, por lo que el término de su periodo era en Marzo de 2038.

De esta manera, la salida de la magistrada fue decidida por el Pleno de la Corte Suprema, conformado por 19 ministros, 16 titulares y 3 suplentes, quienes atendieron los alegatos de la defensa de Ángela Vivanco, encabezados por el abogado Cristóbal Osorio.

Sin embargo, previo a los alegatos, la audiencia comenzó con la intervención de la relatora del pleno de la Corte Suprema, Iara Barrios, quien estuvo encargada de entregar el panorama completo del caso, con los antecedentes en detalle que sustentaban cada una de las acusaciones en contra de la magistrada.

En ese sentido, la relatora debió sintetizar los siete puntos que se le acusaban a Vivanco en su cuaderno de remoción, siendo algunos de estos puntos las intervenciones que habría realizado la removida jueza en causas como el caso “Cascadas” y “Penta”, para acelerar sus vistas y puestas en tabla.

Los alegatos de la defensa de Ángela Vivanco

Posteriormente, fue el turno de la defensa, que contaba con una hora completa para realizar su exposición, pero debió extenderse un par de minutos debido a la gran cantidad de acusaciones y relatos contenidos en la carpeta de la Comisión de Ética, cerrando en cerca de una hora con veinte minutos de alegatos.

La estrategia del abogado Osorio estuvo enfocada principalmente en dos grandes aristas. Por un lado, las críticas a la forma en la que se llevó adelante el proceso administrativo. Por otra parte, manifestó argumentos en contra del fondo de la acusación, sosteniendo la inocencia de la Ángela Vivanco en los siete puntos del cuaderno.

En la misma línea, el defensor alegó fundamentalmente la falta de un debido proceso, asegurando que las pruebas utilizadas para realizar la acusación fueron obtenidas de manera ilícita. Asimismo, criticó la gran presencia de testigos sin rostro que fueron recopilados por la Comisión de Ética, haciendo muy difícil, según dijo, el ejercer una debida defensa.

También, entre sus críticas a la investigación, Cristóbal Osorio señaló que el fiscal nacional “no mandó todos los whatsapps”, sino que a la Corte Suprema le habría llegado sólo una parte de las conversaciones, que fueron sacadas de contexto. “Le mandó un collage. Para decirlo en simple, es una inducción de un cuadro motivado para que usted se forme un juicio”, sostuvo.

Además, el jurista reclamó una falta de trato de igualdad entre Ángela Vivanco y otros ministros de la Corte Suprema, haciendo una comparación directamente con el ministro Sergio Muñoz, que en la defensa a la Acusación Constitucional en su contra se amparó en la nula responsabilidad por un hecho ajeno.

“Recordemos que cuando salió el WhatsApp de Gonzalo Migueles (pareja de Vivanco) con Carlos Palma (fiscal regional de Aysén), quien propuso el inicio de una comisión de Ética en un primer voto de minoría, es el ministro que dice que no hay responsabilidad por el hecho ajeno. ¿Cómo entonces? No hay responsabilidad por el hecho ajeno respecto al ministro inculpado en Acusación Constitucional, pero sí hay responsabilidad por el hecho ajeno respecto a la ministra que hay que remover -en ese entonces- en la propia Corte Suprema”, dijo Osorio.

Un comportamiento que afecta los principios que rigen a los miembros de la magistratura

Pese a los argumentos del abogado de Ángela Vivanco, ninguno de estos fue suficiente para el Pleno de la Corte Suprema, que finalmente decidió removerla de su cargo en el máximo tribunal.

Según la decisión, entregada por el presidente de la Corte Suprema, Ricardo Blanco Herrera, la removida ministra incurrió en un “patrón comportamientos” que afecta los principios más importantes que debe respetar un juez de la República.

“La ministra Ángela Vivanco Martínez incurrió en un comportamiento que afecta los principios de independencia, imparcialidad, probidad, integridad y transparencia, que rigen a los miembros de la magistratura (…) Desde luego, priman sobre su derecho a la inamovilidad, al haber comprometido gravemente, con sus comportamientos, los cimientos del Estado de Derecho”, dijo.

A pesar de la resolución del Pleno, Cristóbal Osorio aseguró que “vamos a esperar la sentencia, y con la sentencia, imagino, la exministra Ángela Vivanco, por ahora, va a poder emitir su pronunciamientos”.

“Pero, nosotros nos vamos tranquilos, hoy pudieron escuchar los alegatos, cuáles eran nuestros argumentos, y yo quedo conforme con la defensa que realizamos y los planteamientos que hicimos”, agregó.

También, según consideraron los ministros del Pleno en el veredicto entregado ayer, “la ministra en su informe no desconoce el tenor de los chats sostenidos con el abogado Luis Hermosilla Osorio”.

“Si bien califica la respuesta entregada al señalado abogado para integrar la Segunda Sala como una simple conversación que no produjo efecto jurídico, el nivel de confianza de sus comunicaciones y el tenor de sus respuestas se apartan del comportamiento propio de la magistratura y de los principios de independencia e imparcialidad que la informan”.

Además, la ministra fue acusada de intentar concretar un “take over” de la Tercera Sala de la Corte Suprema, es decir, “apoderarse” de la titularidad de la sala, lo que también fue criticado en el veredicto. “Lo expuesto da cuenta de un patrón de conducta que se aleja del buen comportamiento exigible para un ministro de la Corte Suprema de Justicia, al intentar conformar redes de influencias, proceder incompatible con el cargo”, se señaló.

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La Corte Suprema removió a Ángela Vivanco del Poder Judicial por su mal comportamiento en el ejercicio de sus funciones, tras abrirse un cuaderno de remoción en su contra. A pesar de los alegatos de su defensa, encabezada por el abogado Cristóbal Osorio, el Pleno de la Corte Suprema conformado por 19 ministros decidió su destitución. Se le acusó de intervenir en casos como "Cascadas" y "Penta" para acelerar procesos. Aunque la defensa argumentó falta de debido proceso y pruebas ilícitas, la Corte Suprema consideró que su comportamiento afectaba los principios de independencia, imparcialidad, probidad, integridad y transparencia que deben respetar los miembros de la magistratura.

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Un hecho histórico se experimentó durante el recién pasado jueves, cuando el Pleno de la Corte Suprema determinó remover a Ángela Vivanco del Poder Judicial, al considerar que “no ha tenido un buen comportamiento en el ejercicio de sus funciones”.

Cabe recordar que este desenlace se concreta luego que se abriera un cuaderno de remoción contra la jueza, quien a sus 61 años vio terminada su carrera judicial, la que era bastante prematura, ya que asumió como ministra del máximo tribunal en agosto de 2018, por lo que el término de su periodo era en Marzo de 2038.

De esta manera, la salida de la magistrada fue decidida por el Pleno de la Corte Suprema, conformado por 19 ministros, 16 titulares y 3 suplentes, quienes atendieron los alegatos de la defensa de Ángela Vivanco, encabezados por el abogado Cristóbal Osorio.

Sin embargo, previo a los alegatos, la audiencia comenzó con la intervención de la relatora del pleno de la Corte Suprema, Iara Barrios, quien estuvo encargada de entregar el panorama completo del caso, con los antecedentes en detalle que sustentaban cada una de las acusaciones en contra de la magistrada.

En ese sentido, la relatora debió sintetizar los siete puntos que se le acusaban a Vivanco en su cuaderno de remoción, siendo algunos de estos puntos las intervenciones que habría realizado la removida jueza en causas como el caso “Cascadas” y “Penta”, para acelerar sus vistas y puestas en tabla.

Los alegatos de la defensa de Ángela Vivanco

Posteriormente, fue el turno de la defensa, que contaba con una hora completa para realizar su exposición, pero debió extenderse un par de minutos debido a la gran cantidad de acusaciones y relatos contenidos en la carpeta de la Comisión de Ética, cerrando en cerca de una hora con veinte minutos de alegatos.

La estrategia del abogado Osorio estuvo enfocada principalmente en dos grandes aristas. Por un lado, las críticas a la forma en la que se llevó adelante el proceso administrativo. Por otra parte, manifestó argumentos en contra del fondo de la acusación, sosteniendo la inocencia de la Ángela Vivanco en los siete puntos del cuaderno.

En la misma línea, el defensor alegó fundamentalmente la falta de un debido proceso, asegurando que las pruebas utilizadas para realizar la acusación fueron obtenidas de manera ilícita. Asimismo, criticó la gran presencia de testigos sin rostro que fueron recopilados por la Comisión de Ética, haciendo muy difícil, según dijo, el ejercer una debida defensa.

También, entre sus críticas a la investigación, Cristóbal Osorio señaló que el fiscal nacional “no mandó todos los whatsapps”, sino que a la Corte Suprema le habría llegado sólo una parte de las conversaciones, que fueron sacadas de contexto. “Le mandó un collage. Para decirlo en simple, es una inducción de un cuadro motivado para que usted se forme un juicio”, sostuvo.

Además, el jurista reclamó una falta de trato de igualdad entre Ángela Vivanco y otros ministros de la Corte Suprema, haciendo una comparación directamente con el ministro Sergio Muñoz, que en la defensa a la Acusación Constitucional en su contra se amparó en la nula responsabilidad por un hecho ajeno.

“Recordemos que cuando salió el WhatsApp de Gonzalo Migueles (pareja de Vivanco) con Carlos Palma (fiscal regional de Aysén), quien propuso el inicio de una comisión de Ética en un primer voto de minoría, es el ministro que dice que no hay responsabilidad por el hecho ajeno. ¿Cómo entonces? No hay responsabilidad por el hecho ajeno respecto al ministro inculpado en Acusación Constitucional, pero sí hay responsabilidad por el hecho ajeno respecto a la ministra que hay que remover -en ese entonces- en la propia Corte Suprema”, dijo Osorio.

Un comportamiento que afecta los principios que rigen a los miembros de la magistratura

Pese a los argumentos del abogado de Ángela Vivanco, ninguno de estos fue suficiente para el Pleno de la Corte Suprema, que finalmente decidió removerla de su cargo en el máximo tribunal.

Según la decisión, entregada por el presidente de la Corte Suprema, Ricardo Blanco Herrera, la removida ministra incurrió en un “patrón comportamientos” que afecta los principios más importantes que debe respetar un juez de la República.

“La ministra Ángela Vivanco Martínez incurrió en un comportamiento que afecta los principios de independencia, imparcialidad, probidad, integridad y transparencia, que rigen a los miembros de la magistratura (…) Desde luego, priman sobre su derecho a la inamovilidad, al haber comprometido gravemente, con sus comportamientos, los cimientos del Estado de Derecho”, dijo.

A pesar de la resolución del Pleno, Cristóbal Osorio aseguró que “vamos a esperar la sentencia, y con la sentencia, imagino, la exministra Ángela Vivanco, por ahora, va a poder emitir su pronunciamientos”.

“Pero, nosotros nos vamos tranquilos, hoy pudieron escuchar los alegatos, cuáles eran nuestros argumentos, y yo quedo conforme con la defensa que realizamos y los planteamientos que hicimos”, agregó.

También, según consideraron los ministros del Pleno en el veredicto entregado ayer, “la ministra en su informe no desconoce el tenor de los chats sostenidos con el abogado Luis Hermosilla Osorio”.

“Si bien califica la respuesta entregada al señalado abogado para integrar la Segunda Sala como una simple conversación que no produjo efecto jurídico, el nivel de confianza de sus comunicaciones y el tenor de sus respuestas se apartan del comportamiento propio de la magistratura y de los principios de independencia e imparcialidad que la informan”.

Además, la ministra fue acusada de intentar concretar un “take over” de la Tercera Sala de la Corte Suprema, es decir, “apoderarse” de la titularidad de la sala, lo que también fue criticado en el veredicto. “Lo expuesto da cuenta de un patrón de conducta que se aleja del buen comportamiento exigible para un ministro de la Corte Suprema de Justicia, al intentar conformar redes de influencias, proceder incompatible con el cargo”, se señaló.