El pleno de la Convención aprobó en general las primeras normas de la propuesta de nueva Constitución, relacionadas con el Sistema de Justicia. Se respaldó la función jurisdiccional y el pluralismo jurídico, y se rechazó el artículo relativo a la inamovilidad de las y los jueces.
Para hablar sobre este tema, tomamos contacto con Leslie Sánchez, Abogada Constitucionalista y Académica de la Universidad Diego Portales y Universidad Alberto Hurtado.
El trabajo de la Convención Constitucional
“La Convención dividió su trabajo en 7 comisiones temáticas que van a quedar reguladas en el posible futuro texto constitucional. Cada una de las comisiones presentó propuestas de artículos que fueron votadas al interior de las comisiones, cuando finaliza eso, se redacta un informe que contempla el proceso en general y los artículos que emanaron. Ese es el que se está llevando al pleno para que sea votado para los 154 miembros. Sólo 2 tienen informes completos: Sistemas de Justicia y Formas de Estado”.
La votación de Sistemas de Justicia
“Lo que se votó ayer en general es lo mismo que ocurre en el Congreso Nacional, que es la idea de regular esta materia, y respecto del Poder Judicial habían 16 propuestas, de las cuales se aprobaron 14 y 2 se rechazaron. En consecuencia esos dos principios tienen que volver a la Comisión de origen para que se haga una nueva propuesta de su redacción. Las mismas personas que ya conformaron la Comisión de Justicia deben reunirse para revisar los artículos que se rechazaron y ofertar una nueva propuesta de redacción”.
“Siempre se sospechó que iban a ver dudas sobe pluralismos políticos, pero sorpresivamente se aprobó, con un manto de dudas que siguen. ¿Qué va a significar esta dualidad de sistemas de justicia? La inamovilidad era otro tema, se rechazó porque todas las agrupaciones de magistrados han manifestado grandes observaciones a lo que implica. Ejecución de las resoluciones: Este artículo señalaba que los tribunales pueden darle ordenes a las policías (como ha sido siempre) a la fuerza pública para que haga cumplir, pero dice “a toda autoridad o persona” y autoridad cabe dentro de lo clásico de auxiliares de la administración de justicia peor toda persona particular me parece que eso excede la figura del cumplimiento de las sentencias. Decía que las sentencias que también se dictaran en Sistema Interamericano de Derechos Humanos podían permitir que se revisaran sentencias ya dictadas. Es un error conceptual que habría que revisar”.
No habrán dos sistemas paralelos
“Si uno se remite al texto aprobado, la percepción es que van a existir dos sistemas paralelos: para pueblos originarios y otro para chilenos no pertenecientes a dichos pueblos. Pero lo que señalaban los constitucionales es que no es eso lo que va a ocurrir, excepcionalmente se van a tramitar ciertos temas en alguna justicia especializada, el punto es que eso no lo dice el precepto constitucional. El que se aprobó sólo dice que van a coexistir, la pregunta que queda es si será en todas las materias, por regiones especializado, por pueblos originarios”.