Francisca Millán por denuncia de acoso sexual contra Presidente Boric: "Hay mucho que aclarar"

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La abogada penalista Francisca Millán detalla que la denuncia involucra difusión no consentida de imágenes íntimas, aunque carece de pruebas sólidas. Explica que se pueden presentar denuncias con pruebas "vagas", siendo el Ministerio Público quien debe corroborar los hechos. Destaca la importancia de no estigmatizar a la víctima y de llevar a cabo investigaciones con diligencia y sin reproducir estereotipos de género.

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El Presidente Gabriel Boric enfrenta denuncia por acoso sexual presentada por una mujer conocida hace más de una década en Punta Arenas, el abogado del Mandatario alega que entre julio de 2013 y julio de 2014 Boric fue víctima de acoso sistemático vía correo electrónico por parte de la denunciante, su compañera de práctica. 

La abogada penalista e integrante del estudio jurídico AML Defensa de Mujeres, Francisca Millán, detalló en Podría Ser Peor que, si bien los detalles de la denuncia están a disposición de leerla, son los antecedentes de pruebas que no se tienen.

La experta detalla que mientras más se conoce la información, queda claro que la denuncia se trata de una difusión no consentida de imágenes de caracteres íntimas. Estas fotografías pueden ser las enviadas por correo o unas que la víctima supone que se encuentran en un pendrive. 

¿Se puede denunciar con pruebas “vagas”?

Según Millán sí, ya que las personas pueden denunciar por los hechos de los que se considere haber sido víctimas, pero a quien “le corresponde recabar la prueba de que esto efectivamente haya sucedido en esta forma, le corresponde al Ministerio Público”.

Son ellos los que recaban antecedentes para corroborar o descartarla. En palabras de la experta, cuando se desestima una denuncia es porque se considera que “los elementos que está poniendo en su conocimiento no tienen las características suficientes para poder llegar a configurar un delito”

La abogada también menciona que las personas tienen derecho a denunciar, pero que las decisiones sobre cómo proceder pueden variar dependiendo de la situación y las circunstancias personales del denunciado.

“Hay muchas cosas por aclarar en el proceso sin que podamos ninguno de nosotros y nosotras en este punto ni desestimarlo, ni tampoco con aquello hacer juicios anticipados sobre la situación”, agregó la experta. 

Según la Millán, esto es clave para evitar estigmatizar a la víctima. Además, enfatizó que es crucial no simplificar la respuesta a las denuncias, como por ejemplo, la consigna “yo te creo”, que aunque busca dar apoyo a las víctimas, puede llevar a una interpretación errónea de que se debe creer ciegamente en todas las denuncias sin un análisis crítico.

La abogada sugiere que es fundamental garantizar que los procesos de investigación se realicen con la debida diligencia y sin reproducir estereotipos de género, permitiendo así que se respeten los derechos de todas las partes involucradas.

Revisa todos los detalles en la entrevista completa.

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La abogada penalista Francisca Millán detalla que la denuncia involucra difusión no consentida de imágenes íntimas, aunque carece de pruebas sólidas. Explica que se pueden presentar denuncias con pruebas "vagas", siendo el Ministerio Público quien debe corroborar los hechos. Destaca la importancia de no estigmatizar a la víctima y de llevar a cabo investigaciones con diligencia y sin reproducir estereotipos de género.

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El Presidente Gabriel Boric enfrenta denuncia por acoso sexual presentada por una mujer conocida hace más de una década en Punta Arenas, el abogado del Mandatario alega que entre julio de 2013 y julio de 2014 Boric fue víctima de acoso sistemático vía correo electrónico por parte de la denunciante, su compañera de práctica. 

La abogada penalista e integrante del estudio jurídico AML Defensa de Mujeres, Francisca Millán, detalló en Podría Ser Peor que, si bien los detalles de la denuncia están a disposición de leerla, son los antecedentes de pruebas que no se tienen.

La experta detalla que mientras más se conoce la información, queda claro que la denuncia se trata de una difusión no consentida de imágenes de caracteres íntimas. Estas fotografías pueden ser las enviadas por correo o unas que la víctima supone que se encuentran en un pendrive. 

¿Se puede denunciar con pruebas “vagas”?

Según Millán sí, ya que las personas pueden denunciar por los hechos de los que se considere haber sido víctimas, pero a quien “le corresponde recabar la prueba de que esto efectivamente haya sucedido en esta forma, le corresponde al Ministerio Público”.

Son ellos los que recaban antecedentes para corroborar o descartarla. En palabras de la experta, cuando se desestima una denuncia es porque se considera que “los elementos que está poniendo en su conocimiento no tienen las características suficientes para poder llegar a configurar un delito”

La abogada también menciona que las personas tienen derecho a denunciar, pero que las decisiones sobre cómo proceder pueden variar dependiendo de la situación y las circunstancias personales del denunciado.

“Hay muchas cosas por aclarar en el proceso sin que podamos ninguno de nosotros y nosotras en este punto ni desestimarlo, ni tampoco con aquello hacer juicios anticipados sobre la situación”, agregó la experta. 

Según la Millán, esto es clave para evitar estigmatizar a la víctima. Además, enfatizó que es crucial no simplificar la respuesta a las denuncias, como por ejemplo, la consigna “yo te creo”, que aunque busca dar apoyo a las víctimas, puede llevar a una interpretación errónea de que se debe creer ciegamente en todas las denuncias sin un análisis crítico.

La abogada sugiere que es fundamental garantizar que los procesos de investigación se realicen con la debida diligencia y sin reproducir estereotipos de género, permitiendo así que se respeten los derechos de todas las partes involucradas.

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