Edificio de Antofagasta que multó por 7 años a vecinos que tienen mascotas deberá restituir los pagos

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La Comunidad Punta de Diamante en Antofagasta deberá restituir sumas cobradas indebidamente a vecinos multados por tener mascotas en sus departamentos, tras proceso judicial ante la Corte Suprema. La circular emitida en 2011 prohibiendo animales fue declarada inválida, y el vicepresidente del CGAI explicó que desde el 2023 ya no pueden exigirse este tipo de reglamentos en edificios, permitiendo a propietarios tener sus mascotas. Se destacó la necesidad de protocolos para mascotas y el cumplimiento de leyes como la Ley Chilito.

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Durante los últimos días, se conoció el caso de la Comunidad Punta de Diamante, en Antofagasta, donde algunos vecinos fueron multados durante siete años por tener mascotas en sus departamentos.

Finalmente, después de un proceso judicial que inició en 2022 y que llegó hasta la Corte Suprema, se determinó que la Comunidad deberá restituir las sumas de dinero, que fueron cobradas indebidamente.

Estos cobros se realizaban por una circular que fue emitida por el edificio en 2011, donde se informaba a los copropietarios y arrendatarios que no podían tener a sus animales en el recinto.

Frente a este escenario, en el Expreso Bío Bío nos comunicamos con Joaquín Baranda, vicepresidente del Colegio de Gestión y Administración Inmobiliaria de Chile (CGAI), quien explicó que “antes del 2023, después de un dictamen de la Corte Suprema, ya no se puede” tener este tipo de reglamentos.

“Todos los reglamentos que copropiedad que antiguamente lo tenían, en algunos juzgados sí aplicaba la multa el juez, ya que es el único que puede exigir la multa”, agregó.

En ese sentido, señaló que “el administrador o la comunidad (en cuestión) cumplió con lo que decía el reglamento de copropiedad, en esa época, que era prohibir las mascotas”.

“Todo propietario puede tener su mascota en el edificio”

En la misma línea, al ser consultado sobre qué pasa con los reglamentos que continúan prohibiendo a las mascotas en los edificios, Baranda respondió que “se entiende, aunque esté escrita, que no se puede exigir, desde el 2023”.

“De ahí para adelante, no se puede exigir. O sea, hoy, aunque el reglamento de copropiedad diga está prohibido tener mascotas, no es aplicable. Todo propietario puede tener su mascota en el edificio”.

De todas maneras, comentó que “todo edificio tendría que tener su protocolo de mascotas”. Además, apuntó a que hay ciertas leyes que se deben cumplir, por parte de quienes tienen mascotas, como la Ley Cholito, o en caso de tener razas peligrosas, entre otras.

Revisa todos los detalles en la entrevista completa.

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La Comunidad Punta de Diamante en Antofagasta deberá restituir sumas cobradas indebidamente a vecinos multados por tener mascotas en sus departamentos, tras proceso judicial ante la Corte Suprema. La circular emitida en 2011 prohibiendo animales fue declarada inválida, y el vicepresidente del CGAI explicó que desde el 2023 ya no pueden exigirse este tipo de reglamentos en edificios, permitiendo a propietarios tener sus mascotas. Se destacó la necesidad de protocolos para mascotas y el cumplimiento de leyes como la Ley Chilito.

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Durante los últimos días, se conoció el caso de la Comunidad Punta de Diamante, en Antofagasta, donde algunos vecinos fueron multados durante siete años por tener mascotas en sus departamentos.

Finalmente, después de un proceso judicial que inició en 2022 y que llegó hasta la Corte Suprema, se determinó que la Comunidad deberá restituir las sumas de dinero, que fueron cobradas indebidamente.

Estos cobros se realizaban por una circular que fue emitida por el edificio en 2011, donde se informaba a los copropietarios y arrendatarios que no podían tener a sus animales en el recinto.

Frente a este escenario, en el Expreso Bío Bío nos comunicamos con Joaquín Baranda, vicepresidente del Colegio de Gestión y Administración Inmobiliaria de Chile (CGAI), quien explicó que “antes del 2023, después de un dictamen de la Corte Suprema, ya no se puede” tener este tipo de reglamentos.

“Todos los reglamentos que copropiedad que antiguamente lo tenían, en algunos juzgados sí aplicaba la multa el juez, ya que es el único que puede exigir la multa”, agregó.

En ese sentido, señaló que “el administrador o la comunidad (en cuestión) cumplió con lo que decía el reglamento de copropiedad, en esa época, que era prohibir las mascotas”.

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En la misma línea, al ser consultado sobre qué pasa con los reglamentos que continúan prohibiendo a las mascotas en los edificios, Baranda respondió que “se entiende, aunque esté escrita, que no se puede exigir, desde el 2023”.

“De ahí para adelante, no se puede exigir. O sea, hoy, aunque el reglamento de copropiedad diga está prohibido tener mascotas, no es aplicable. Todo propietario puede tener su mascota en el edificio”.

De todas maneras, comentó que “todo edificio tendría que tener su protocolo de mascotas”. Además, apuntó a que hay ciertas leyes que se deben cumplir, por parte de quienes tienen mascotas, como la Ley Cholito, o en caso de tener razas peligrosas, entre otras.

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