Seguros de emergencia: ¿Qué tipos de siniestros cubren y en qué fijarme para tomarlos?

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Producto del frente frontal que ha causado estragos en diversas regiones del país, son muchos los servicios y bienes que se han perdido. Es el caso del agua potable, la energía eléctrica, viviendas y vehículos, entre otros. Frente a esta situación, como es habitual, Lucas del Villar, ex director del Sernac, explicó en Expreso Bío Bío a qué medidas pueden recurrir los clientes y la importancia de los seguros de emergencia.

El abogado señaló que es importante, en caso de tenerlos (seguros de emergencia), “fijarse de cuáles son las coberturas” porque “no todos los seguros cubren este tipo de siniestros”.

Asimismo, comentó que existe una disputa entre las empresas prestadoras de servicios y los usuarios sobre cuándo un acontecimiento es imprevisto o previsto. De todas maneras, en caso de cortarse un servicio, por el “deber de profesionalidad que establece la ley y esta previsibilidad” se debe reponer rápidamente.

En materia sanitaria, por ejemplo, el agua, “por cada día (que esté cortada) el equivalente a diez días del valor promedio diario de la cuenta anterior”. Es decir, si durante el mes hubo tres días en los que no se permitió el acceso a este servicio, equivale al reembolso de una cuenta completa. En el caso de la energía eléctrica y los productos que se dañan por los cortes, las empresas “tienen el deber de recompensar, sea reponiendo el producto o pagando el valor”.

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Producto del frente frontal que ha causado estragos en diversas regiones del país, son muchos los servicios y bienes que se han perdido. Es el caso del agua potable, la energía eléctrica, viviendas y vehículos, entre otros. Frente a esta situación, como es habitual, Lucas del Villar, ex director del Sernac, explicó en Expreso Bío Bío a qué medidas pueden recurrir los clientes y la importancia de los seguros de emergencia.

El abogado señaló que es importante, en caso de tenerlos (seguros de emergencia), “fijarse de cuáles son las coberturas” porque “no todos los seguros cubren este tipo de siniestros”.

Asimismo, comentó que existe una disputa entre las empresas prestadoras de servicios y los usuarios sobre cuándo un acontecimiento es imprevisto o previsto. De todas maneras, en caso de cortarse un servicio, por el “deber de profesionalidad que establece la ley y esta previsibilidad” se debe reponer rápidamente.

En materia sanitaria, por ejemplo, el agua, “por cada día (que esté cortada) el equivalente a diez días del valor promedio diario de la cuenta anterior”. Es decir, si durante el mes hubo tres días en los que no se permitió el acceso a este servicio, equivale al reembolso de una cuenta completa. En el caso de la energía eléctrica y los productos que se dañan por los cortes, las empresas “tienen el deber de recompensar, sea reponiendo el producto o pagando el valor”.

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