Solo los giles pagan contribuciones de bienes raíces

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Muy necesario el programa de la noche del domingo 28 de julio, recientemente emitido por Informe Especial de TVN, en donde la periodista Paulina de Allende Salazar desenmascaró a los frescos que hacen trampas para no pagar las contribuciones de bienes raíces por los inmuebles en donde viven como millonarios del primer mundo.

Por lo expresado, esperamos que el Gobierno, entre otras cosas, derogue la mentirosa figura de las viviendas económicas (sic) acogidas a los privilegios tributarios del DFL2 de 1959 y que le entregue mayores atribuciones al Departamento de Avaluaciones del Servicio de Impuestos Internos (SII) para terminar con los fraudes que se comenten en las Direcciones de Obras Municipales, teniéndose presente que los usos de suelo son determinados por los Planes Reguladores Comunales.

El SII tiene su propio arcaico sistema para fijar el cobro de este impuesto territorial, pues solo considera para tal propósito si los inmuebles son “no agrícolas” o “agrícolas”, con lo cual se deberá hacer el cambio normativo para que próximamente todos los inmuebles localizados en zonas urbanas de las ciudades paguen las sumas que les corresponda, ello para que las comunas más pobres del país reciban los verdaderos aportes solidarios de las comunas más ricas.

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Muy necesario el programa de la noche del domingo 28 de julio, recientemente emitido por Informe Especial de TVN, en donde la periodista Paulina de Allende Salazar desenmascaró a los frescos que hacen trampas para no pagar las contribuciones de bienes raíces por los inmuebles en donde viven como millonarios del primer mundo.

Por lo expresado, esperamos que el Gobierno, entre otras cosas, derogue la mentirosa figura de las viviendas económicas (sic) acogidas a los privilegios tributarios del DFL2 de 1959 y que le entregue mayores atribuciones al Departamento de Avaluaciones del Servicio de Impuestos Internos (SII) para terminar con los fraudes que se comenten en las Direcciones de Obras Municipales, teniéndose presente que los usos de suelo son determinados por los Planes Reguladores Comunales.

El SII tiene su propio arcaico sistema para fijar el cobro de este impuesto territorial, pues solo considera para tal propósito si los inmuebles son “no agrícolas” o “agrícolas”, con lo cual se deberá hacer el cambio normativo para que próximamente todos los inmuebles localizados en zonas urbanas de las ciudades paguen las sumas que les corresponda, ello para que las comunas más pobres del país reciban los verdaderos aportes solidarios de las comunas más ricas.