La primera sala de la Corte de Apelaciones de Talca, resolvió rechazar el recurso de nulidad entablado por la defensa de Vanessa Trigari, única condenada por el crimen del menor Ángel Márquez, ocurrido el 13 de agosto del 2015 en Molina.
Se trata de la madrastra de la pequeña víctima, quien fue detenida por la PDI y llevada a juicio por la fiscalía de dicha ciudad, en calidad de autora del grave delito de homicidio calificado, con las circunstancia de alevosía y abuso de confianza.
El Tribunal Oral de Curicó, dictó la condena de presidio perpetuo simple para Vanessa Trigari. En términos prácticos, significa que la detenida podrá postular a beneficios una vez cumplidos 20 años de presidio efectivo.
Nulidad y recalificación
El recurso de nulidad presentado por el abogado Esteban Arévalo, de la Defensoría Penal Pública de Molina, apuntó a causales legales que debían ser resueltas por la Corte Suprema. Pero el máximo tribunal chileno las declaró inadmisibles y reenvió los antecedentes a la Corte de Talca, para su pronunciamiento.
En este contexto, la acción legal de la defensa tenía tres objetivos. El primero era anular el juicio y la sentencia, sobre la base de una supuesta falta de objetividad y contradicción entre dos peritos legistas. En segundo término, plantea que habría existido una errónea aplicación de la ley, al configurar la circunstancia de alevosía. Por ello, la petición fue que se dictara sentencia de reemplazo, rebajando el delito a homicidio simple y la condena a 10 años y un día de cárcel.
La tercera solicitud cuestionaba la calificante de abuso de confianza y pedía en consecuencia, mantener el delito de homicidio calificado, pero rebajar la condena a 15 años y un día de cárcel.
Ninguna de las tres fue aceptada por el tribunal, por lo que se mantiene la condena que aplicó el tribunal en primera instancia.