En fallo dividido, la Tercera Sala de la Corte de Apelaciones de Talca validó el decreto de la Municipalidad de Curicó, el que ordena la demolición del edificio del ex Club de La Unión, ubicado frente a la Plaza de Armas de dicha ciudad, luego que resultara con daños severos por el terremoto y un posterior incendio.
“No pudiendo mantenerse la situación de una fachada que amenaza en ruinas con el peligro consiguiente para la vida e integridad de las personas que transitan por el sector, bien jurídico que prevalece sobre el acervo cultural, aparece que la decisión del alcalde de proceder a su demolición, se ajusta a la legalidad”, sostiene el fallo.
Así el tribunal de alzada rechazó un recurso de protección entablado por una sociedad comercial que es dueña de la propiedad. Los votos a favor fueron de la ministra, Olga Morales, y del abogado integrante, Ricardo Herrera. Mientras que el también ministro, Vicente Fodich, fue de la opinión de acoger la acción legal.
La opinión que prevaleció fue que la ley general de urbanismo y el peligro de derrumbe de la fachada, prevalecen por sobre la protección que otorga la “zona típica” en que se encuentra emplazado el edificio. El fallo añade que si bien existen informes que acreditan su reconstrucción, el dueño no habría presentado un plan de obras.
En contraparte, el voto de minoría sostiene que la orden municipal de demolición debe contar con aprobación del Consejo de Monumentos Nacionales, lo cual no ocurrió en este caso específico. Un dato relevante es que, a partir de ahora, la parte recurrente cuenta con plazo legal para presentar un recurso de apelación.
Ello finalmente llevaría la discusión sobre el futuro del edificio del ex Club de la Unión hasta la Corte Suprema. En el intertanto, el fallo de primera instancia viene a dejar sin efecto una “orden de no innovar” que había decretado la misma Corte de Talca y que había paralizado los efectos prácticos del decreto de demolición.