La Corte Suprema falló a favor de una niña de 7 años, cuyos padres denunciaron que en su escuela en Lonquimay era víctima de maltrato psicológico por parte de su profesora jefe. La menor no asiste a clases desde mayo del 2015.
El máximo tribunal del país ordenó a la Municipalidad de Lonquimay asegurar el derecho a la educación de la menor, adoptando todas las medidas que sean necesarias para que la niña, alumna de la escuela G-269 de Icalma, vuelva a estudiar.
El caso fue analizado primero en la Corte de Apelaciones de Temuco donde se presentó un recurso de protección el 12 de noviembre del 2015, texto legal en el cual se exponía la situación que afectaba a la niña.
El padre de la menor informó que era víctima de maltrato psicológico y discriminatorio por parte de la profesora jefe. Para acreditar los hechos se aportaron informes de una psicóloga y un médico donde se señala que la estudiante tiene un trastorno ansioso con sintomatología depresiva y presenta fobia escolar como consecuencia de su experiencia escolar.
La Corte de Apelaciones de Temuco rechazó el recurso contra la municipalidad y la profesora, indicando que no había motivo plausible para recurrir.
Tras recurrir a la Suprema, en forma unánime, los jueces de la Tercera Sala del máximo tribunal del país acogieron la acción cautelar contra el sostenedor y sus integrantes.
Precisaron que es sólo en cuanto a ordenar a la Municipalidad de Lonquimay a adoptar las medidas para restablecer el derecho a la educación que tiene la alumna.
La municipalidad deberá informar a la brevedad a la Corte de Apelaciones las medidas que adoptará con ese objetivo.