Desde noviembre del año pasado que el Congreso está discutiendo la ley que crea el nuevo Sistema Nacional de Educación Pública, esperado proyecto que desmunicipalizará los colegios del Estado.
Según indica el proyecto de ley, el nuevo modelo vendría a mejorar la forma en que el Estado administra sus establecimientos. Esto lo lograría, en primer lugar, gestionando de manera integral los niveles de Educación Parvularia, Básica y Media, y en segundo, desarrollando una oferta educativa que vaya en línea con las necesidades específicas de cada territorio.
Este sistema sería financiado con recursos basales que serán provistos por la Ley de Presupuesto de cada año, los cuales se entregarán a los Servicios Locales (más abajo explicamos qué son estas entidades).
¿Y cómo funcionará este nuevo sistema? A continuación te lo relatamos en detalle.
Cómo administrará el Estado los colegios
Con el nuevo sistema ya no serán los municipios quienes administren los colegios, sino que esta tarea pasará a ser responsabilidad de nuevas entidades públicas descentralizadas que se llamarán Servicios Locales de Educación.
En total se crearán 67 de estos servicios en todo el país, y cada uno tendrá que hacerse cargo de un grupo de alrededor de 5 comunas en promedio, con todos los establecimientos educacionales que hayan en ellas.
Los Servicios Locales contarán con recursos propios otorgados por el Fisco, y tendrán 2 funciones principales: en primer lugar deberán gestionar la parte administrativa-operativa de cada colegio en las comunas a su cargo, y segundo, tendrán que preocuparse de que éstos entreguen una educación de calidad y que mejoren sostenidamente en el tiempo.
Otras particularidades de su función es que tendrán la tarea de desarrollar una oferta educativa que vaya de acuerdo a las necesidades del territorio que administren, y también de “proyectar un trabajo colaborativo entre los establecimientos de un territorio determinado como con otros pertenecientes a otra jurisdicción”, explica el Gobierno en su portal oficial.
Los Servicios Locales a nivel nacional serán coordinados por la Dirección de Educación Pública, del Ministerio de Educación, que repartirá los recursos y fomentará el trabajo en red de las entidades.
Los directores ejecutivos que encabezarán cada servicio local durarán 6 años en el cargo, y serán elegidos por medio de procesos de selección públicos abiertos a la comunidad.
Más participación de la comunidad educativa en las decisiones
Los Servicios Locales no estarán solos a la hora de administrar los colegios. El nuevo modelo también busca dar más protagonismo a los estudiantes, apoderados y al resto de la comunidad educativa, fomentando su participación en las discusiones previas a la toma de decisiones.
Esto lo harán por medio de los Consejos Locales de Educación, instancias cuya tarea principal será representar a la comunidad educativa ante cada servicio local y asesorar a los directores de éstos, dándoles a conocer las necesidades de la gente.
La mayoría de las atribuciones relativas a estos consejos tienen que ver con presentar propuestas y “opinar” sobre las decisiones que quiera tomar el director de cada servicio local, o sea, no tendrán real poder de decisión. Sin embargo, lo que sí podrán hacer es solicitar a la Dirección de Educación Pública que se remueva al director del servicio local, bajo razones justificadas, y pedir que la Superintendencia de Educación realice fiscalizaciones ante situaciones cuestionables.
¿Y quiénes específicamente formarán parte de cada consejo? Las siguientes personas representarán a las comunidades educativas ante su respectivo Servicio Local:
1- Todos los alcaldes de las comunas agrupadas en el servicio local.
2- Representantes de los centros de estudiantes de los establecimientos, elegidos por los miembros de los consejos escolares. Durarán 1 año en sus cargos.
3- Representantes de los centros de padres y apoderados de los establecimientos, elegidos por los miembros de los consejos escolares. Durarán 1 año en sus cargos.
4- Representantes de los profesionales de la Educación de los establecimientos, elegidos por los miembros de los consejos escolares. Durarán 2 años en sus cargos.
5- Representantes de los asistentes de la Educación de los establecimientos, elegidos por los miembros de los consejos escolares. Durarán 2 años en sus cargos.
6- Un representante de las universidades de la región, considerando sólo aquellas que estén acreditadas por 4 años o más. Será designado por el intendente en acuerdo con los rectores. Durará 2 años en su cargo.
7- Un representante de los centros de formación técnica o institutos profesionales acreditados, con sede principal en la región. Será designado por el intendente en acuerdo con los rectores. Durará 2 años en su cargo.
8- Un representante del Gobierno Regional, designado por el intendente. Durará 2 año en su cargo, pero su período puede ser prorrogable por 2 años más.
Respecto a los representantes de estudiantes, apoderados, profesionales y asistentes de la Educación (números 2,3, 4 y 5), sólo será uno por cada uno si el Servicio Local agrupa 3 comunas o menos.
No obstante, si en el Servicio hay 4 comunas o más, la cantidad de representantes de estudiantes, apoderados, profesionales y asistentes de la Educación tendrá que ser igual en cada caso, y en total no puede ser inferior al número de alcaldes ni superior a 16.
En tanto, la participación de los alcaldes será obligatoria, pero en la primera sesión anual del Consejo éstos pueden designar a un representante que vaya en su reemplazo durante el resto del año.
Cuándo será implementado
Los cambios se implementarán paulatinamente durante los 6 años siguientes a la -eventual- entrada en vigencia de la ley, si es que el Congreso no realiza cambios mayores durante la discusión en curso.
El presidente de la República tendrá un plazo de un año desde la publicación de la ley, para determinar en qué fecha entrarán en funcionamiento los Servicios Locales, y el traspaso de la administración de los establecimientos se realizará al menos 6 meses después de que su servicio respectivo haya comenzado a funcionar.
Esto significa que no todas las regiones pasarán al nuevo sistema al mismo tiempo, sino que se implementará en algunas antes que en otras. El proyecto de ley no indica fechas exactas, pero pone plazos específicos para poner en marcha el cambio.
Los plazos que se impone a cada región para que entren en funcionamiento sus Servicios Locales son los siguientes:
–Región de Arica y Parinacota: entre el 1 de enero de 2017 y el 30 de junio de 2018.
–Región de Tarapacá: entre el 1 de enero de 2018 y el 30 de junio de 2019.
–Región de Antofagasta: entre el 1 de enero de 2018 y el 30 de junio de 2019.
–Región de Atacama: entre el 1 de enero de 2017 y el 30 de junio de 2018.
–Región de Coquimbo: entre el 1 de enero de 2017 y el 30 de junio de 2020.
–Región de Valparaíso: entre el 1 de enero de 2018 y el 30 de junio de 2021.
–Región Metropolitana: entre el 1 de enero de 2017 y el 30 de junio de 2022.
–Región de O’Higgins: entre el 1 de enero de 2019 y el 30 de junio de 2021.
–Región del Maule: entre el 1 de enero de 2019 y el 30 de junio de 2022.
–Región del Bío Bío: entre el 1 de enero de 2017 y el 30 de junio de 2022.
–Región de La Araucanía: entre el 1 de enero de 2019 y el 30 de junio de 2021.
–Región de Los Ríos: entre el 1 de enero de 2019 y el 30 de junio de 2020.
–Región de Los Lagos: entre el 1 de enero de 2019 y el 30 de junio de 2022.
–Región de Aysén: entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2019.
–Región de Magallanes: entre el 1 de enero y 30 de junio de 2017.
Si quieres conocer más detalles sobre el nuevo Sistema Nacional de Educación Pública, aquí puedes descargar el proyecto de ley y otros documentos relacionados a él.