Hasta el 21 de agosto de 2017 podrán realizarse las inscripciones de candidaturas definitivas para las elecciones presidenciales, de senadores de circunscripciones impares, de diputados y de consejeros regionales, que se realizarán el 19 de noviembre de este año, según dio a conocer el Servicio Electoral.
A partir de los diez días siguientes se abrirá el plazo para la declaración de aceptación o rechazo de la candidatura, y durante los tres días venideros se deberán publicar los resultados en el Diario Oficial, según el Artículo 17 de la Ley Nº 18.700.
Luego de ello, el candidato que sea rechazado tendrá cinco días para reclamar ante el Tribunal Electoral respectivo, que tras el reclamo tendrá tres días más para inscribir al candidato en el Registro Especial, si se considerara pertinente.
En tanto para las elecciones primarias de julio, las declaraciones de candidaturas deben presentarse hasta el 3 de mayo de 2017. Los plazos de apelación y resolución final son los mismos que en las definitivas.
El Servel llamó a que quienes se vieron afectados por los cambios de dirección sin consentimiento en las elecciones municipales verifiquen su domicilio en electoral para poder sufragar.