A 12 días de que se cumpla el plazo final, Chile concretó este miércoles a las 09:30 horas la entrega ante la Corte Internacional de Justicia de la contramemoria por la demanda boliviana, que pretende obligar a nuestro país a negociar una salida soberana al Océano Pacífico.
La contramemoria (Counter-Memorial) es parte de la denominada fase escrita del proceso que se sigue en el tribunal asentado en La Haya, y corresponde a la documentación en inglés y francés con los argumentos de hecho y de derecho que respaldan al Estado demandado, en este caso Chile.
El 5 de abril de 2014 Bolivia, como Estado demandante, presentó su memoria (Memorial), y el proceso se vio interrumpido por la solicitud de objeciones preliminares que interpuso Chile impugnando la competencia de la Corte, la que finalmente fue rechazada en septiembre de 2015.
En la presentación de la contramemoria estuvo el agente José Miguel Insulza y la embajadora de Chile en Países Bajos, María Teresa Infante, además del coagente Claudio Grossman. Junto a ellos, tal como adelantó la presidenta Michelle Bachelet al recibir la contramemoria, también participó de la entrega el ministro de Relaciones Exteriores, Heraldo Muñoz.
En el caso de Chile la documentación corresponde al libro de la contramemoria más cinco libros anexos, los que fueron entregados al secretario de la Corte, Phillippe Couvreur.
A grandes rasgos, ya que los documentos deben permanecer reservados hasta la etapa oral, el canciller Muñoz describió los argumentos esgrimidos por Chile en la contrademanda: “Bolivia durante más de 100 años nunca expresó a Chile la existencia de una supuesta obligación de negociar, y esa es una de las cosas importantes que estamos señalando. Además, una obligación tiene que ser explícita respecto a la búsqueda de un determinado resultado y no se puede extender indefinidamente en el tiempo“.
El ministro manifestó que “estamos muy satisfechos” por el trabajo realizado, que encabezó Insulza.
En tanto, el agente José Miguel Insulza reiteró que la demanda de Bolivia “está restringida solamente a si Chile en algún momento adquirió un compromiso con Bolivia de negociar” y que el tribunal “no va a decidir cuál es el resultado de eso”.
“Hemos tenido que generar una cantidad de antecedentes porque Bolivia todavía no ha dicho exactamente en qué momento se habría producido esa obligación, sino que han hablado de una serie de hechos a lo largo de la historia, bastante inconexos unos con otros y en distintas circunstancias”, añadió.
Posterior a esta entrega, el tribunal puede autorizar la presentación de una réplica (Reply) por parte de Bolivia y una dúplica (Rejoinder) por parte de Chile.