Un tribunal del estado de California (Estados Unidos) dictó un fallo mundialmente inédito por un caso de porno venganza. El ente ordenó que David K. Elam II deberá pagar una suma de 6.4 millones de dólares (3 mil 900 millones de pesos) a su ex novia Jane Doe tras difundir fotos privadas de ella en sitios de pornografía tras el término de su relación.
Según detalló el diario estadounidense New York Times, este caso representa un precedente para los tiempos actuales, donde muchas parejas comparten fotos y videos íntimos entre sí y luego terminan.
En la demanda interpuesta por la afectada, se adujo que ella tenía los derechos de autor de las imágenes, de sexo explícito, que había compartido en privado con Elam II durante sus años de noviazgo. Su medida judicial fue efectuada cuando él comenzó a publicarlas en sitios de pornografía sin previa autorización.
El detalle del fallo incluyó 450.000 dólares (273 millones de pesos) por quebrantar derechos de autor, 3 millones de la divisa norteamericana (1800 millones de pesos) por angustia emocional grave hacia la afectada y otros 3 millones por daños como suplantación, acoso y la intención de causar daño.
Cabe señalar que la demanda fue entablada en el mes de marzo de 2014 y debieron pasar 4 años para que el tribunal se pronunciara de forma favorable hacia Jane Doe. Durante este tiempo, se estima que el demandado continuó compartiendo material privado en la red y amenazándola.
Este fallo es inédito para la justicia estadounidense, ya que, según los propios abogados de Doe, “desde el punto de vista de la víctima (de porno venganza) son casos muy difíciles de hacer entender a un tribunal, ya que la fotografía está en Internet, por lo que el daño está sucediendo en una variedad de lugares”, explicaron.
Josh Connolly, uno de los abogados representantes de la víctima, indicó al periódico norteamericano que el punto central de la demanda fue la violación a la intimidad de la mujer.
“Tratamos esto como una violación de privacidad, que creemos que es. Ese es el corazón de la violación, en lugar de cuál es la intención del individuo “, explicó.
Por otra parte, Connolly sostuvo que se logró demostrar en que este caso existió una invasión al derecho a la privacidad de una persona, ya que una relación de pareja también entra dentro del ámbito de lo privado.
“Pero cuando las imágenes se comparten dentro de los límites de una relación privada, se reconoce que allí existe el derecho a la privacidad”, determinó.
Medidas contra la porno venganza
En 2015, la red social Facebook anunció una serie de medidas para evitar casos de porno venganza en todo el mundo, dejando como primera opción que se cataloguen los contenidos privados e íntimos como abuso.
“Utilizamos tecnologías de coincidencia de fotos para ayudar a frustrar los intentos posteriores de compartir la imagen en Facebook, Messenger e Instagram. Si alguien intenta compartir la imagen después de haber sido denunciada y eliminada, le avisaremos que viola nuestras políticas y que hemos detenido su intento de compartirla”, detallaron en un comunicado.
Por otra parte, una encuesta revelada por la red social determinó que la víctimas de este tipo de hechos reportan consecuencias como angustia emocional y deterioro de las áreas sociales como las más significativas.
“Según un estudio de víctimas de imágenes íntimas no consensuadas, el 93% informa una angustia emocional significativa y el 82% informa un deterioro significativo en áreas sociales, ocupacionales u otras áreas importantes de su vida”, aseguraron.