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Caso basura: La millonaria indemnización del único imputado que estuvo en la cárcel

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ARCHIVO | Raúl Zamora | Agencia UNO

Hace dos semanas Marcelo Torres consiguió salir de la cárcel, a cambio de arresto domiciliario. Pero mientras estuvo en Capitán Yáber logró mejorar sus condiciones contractuales en Cerro Navia, firmando 12 anexos de contrato, un finiquito y un anexo de este último que le reportaron una indemnización cercana a los $77 millones.

El 30 de noviembre pasado, Marcelo Torres (RN) salió de Capitán Yáber dejando atrás más de un año como el único imputado en la cárcel por el caso basura. Y no lo hizo con las manos vacías.

Su paso como ex secretario general de la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Cerro Navia -entidad que adeuda unos $250 millones en luz y sólo ha pagado un mes de cotizaciones previsionales a sus funcionarios este año- le reportó recientemente una indemnización cercana a los $77 millones.

Pese a que Torres -hoy con arresto domiciliario total por cohecho, delito reiterado de fraude al Fisco y lavado de dinero- quedó en prisión preventiva en septiembre del año pasado, mantuvo su vínculo laboral con la Corporación durante todo el primer trimestre de 2016. Esto lo logró a través de 12 anexos de contrato sin goce de sueldo que extendió hasta el 1 de abril, fecha en la que firmó un finiquito mientras aún se encontraba en presión preventiva.

Este último documento -aprobado por Luis Plaza (RN) en calidad de empleador al presidir el directorio de la Corporación mientras ejercía como alcalde- materializó la indemnización a todo evento por 2.500 UF pactada por Plaza y Torres en el contrato laboral celebrado el 1 de febrero 2014. Por esto, más el mes de aviso calculado en base a una remuneración bruta mensual de $4.300.000, Torres se adjudicó $66.830.500.

“El primer decreto de pago se efectuó el 18 de abril, por $66.830.500, a través de ocho cheques. De esos ocho cheques, Torres cobró el primero el 1 de noviembre y otros cuatro el 5 de diciembre de este año”, detalla Mauro Tamayo, quien el martes pasado asumió la alcaldía de Cerro Navia.

Pero los $66 millones no dejaron conforme a Torres, quien consiguió que el 14 de noviembre –días antes de la última formalización del caso y tres semanas después de las elecciones municipales- se redactara un anexo de finiquito.

Este resolvió desavenencias que habrían tenido a Torres al borde de demandar al municipio, debido a que las 2.500 UF habrían sido valorizadas con la UF de septiembre y no de abril. Un nuevo acuerdo entre Plaza y Torres reportó a este último $10.617.691 adicionales.

“Por lo tanto, la suma total de dineros que Torres se llevaría por indemnización alcanza casi los $77 millones. Pero hasta el momento sólo ha podido cobrar alrededor de 40 millones”, explica Tamayo.

Por todo esto, el alcalde anticipa que la municipalidad entregará los antecedentes al Consejo de Defensa del Estado (CDE), buscando que este organismo presente una querella que persiga “la restitución de fondos indebidamente pagados y determine responsabilidades”.

“El CDE es el principal órgano que vela y busca la restitución de los fondos públicos. Las corporaciones no tienen recursos propios, sino que reciben subvenciones que entregan el municipio y los ministerios de educación y salud. Por lo tanto, cuando hay un daño patrimonial debemos acudir al CDE”, precisa.

Pero además, Tamayo relata que tomó conocimiento sobre otros casos, aunque por montos menores. Todo esto fue tema en la primera reunión del directorio de la Corporación Municipal de Cerro Navia, el martes recién pasado.

Se trata de anexos de contratos firmados con posterioridad a la derrota de Plaza en las elecciones municipales de octubre. El actual alcalde asegura que algunos funcionarios pasaron de modalidad honorarios a un contrato bajo Código del Trabajo, lo que les permitió acceder a indemnizaciones tras ser desvinculados. Puntualiza que al menos tres funcionarios habrían obtenido de esa manera unos $70 millones. Estos casos se adjuntarán a la información que entregarán al CDE.

Desembolso poco habitual

Desde la Dirección del Trabajo (DT) aseguran que las indemnizaciones a todo evento son excepcionales en el mercado laboral. De hecho, la última Encuesta Laboral (Encla 2014) constató que solo 34,2% de las empresas con instrumentos colectivos vigentes tienen pactada indemnización por retiro voluntario o jubilación.

El Código del Trabajo estipula que si el contrato de trabajo estuvo vigente un año o más y el empleador pone término, “deberá pagar al trabajador la indemnización por años de servicio que hubieren pactado contractualmente y de no existir tal pacto la equivalente a 30 días de la última remuneración mensual devengada por cada año de servicio y fracción superior a seis meses”, con un límite de 11 años. Torres estuvo activo en su puesto un año y siete meses hasta que se dictó la prisión preventiva.

La misma fuente de la DT aclara que se trata de una situación poco habitual en el sector público, donde cargos de alta confianza como el de Torres suelen estar asociados al período en que permanezca en el poder la autoridad que los contrató.

De hecho, luego de que a comienzos del 2000 estallara el caso de indemnizaciones en Correos de Chile, el gobierno emitió dos instructivos para regular este tipo de pagos. Pese a que éstos tenían validez sobre el gobierno central, en la Dirección del Trabajo señalan que se transformaron en un estándar para el resto del sector público, dado que se trata de compromisos que afectan al Presupuesto de la nación.

El primero de ellos fue el instructivo N°12 del 31 de julio de 2000, durante el gobierno de Ricardo Lagos. Este estableció que en las empresas públicas, “las indemnizaciones de los ejecutivos que sean contratados sin concurso público, no podrán ser superiores al equivalente a un mes de remuneración por cada año de servicio, con un tope máximo de 11 meses”. El mismo instructivo fue reiterado el 13 de octubre de 2006, durante el primer gobierno de Michelle Bachelet.

“Al ser una corporación municipal que se financia con recursos públicos hay un deber del alcalde de cautelar los dineros destinados a satisfacer necesidades de la comunidad. Además, al ser una indemnización establecida en contrato individual y por sobre los límites legales tendría que haber tributado, ya que en este caso se considera renta”, señalan en el gobierno.

Contrato Torres by BioBioChile on Scribd

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