En fallos unánimes, la Sala Constitucional de la Corte Suprema rechazó más de 500 recursos de protección presentados por cotizantes de distintas isapres en contra del alza del precio del plan de salud por concepto de garantías explícitas en salud (GES), ante el ingreso de 11 nuevas patologías.
La Tercera Sala del máximo tribunal de esta forma revocó lo resuelto por cortes de apelaciones del país que habían acogido los recursos presentados por cotizantes y válido el alza de planes por este concepto.
En el dictamen se pronunciaron los magistrados Rubén Ballesteros., Pedro Pierry, María Eugenia Sandoval y los abogados integrantes Jorge Lagos y Alfredo Prieto.
Con lo resuelto se reiteró el criterio ya expresado el 17 de diciembre pasado y validado de diversas de sentencias en los últimos meses en torno a que las alzas por concepto de patologías GES se encuentran reguladas por la autoridad, por lo tanto no existen decisiones arbitrarias al decretar aumentos por este concepto.
La Sala Constitucional de la Corte Suprema hace expresa diferencia al alza decretada por este tipo de concepto con los criterios aplicados en las alzas unilaterales de planes, donde se acogen recursos de protección, al reiterar que existe un mecanismo regulado y no una voluntad unilateral de la instituciones de salud.