La Corte Suprema dictó sentencia en la investigación por el homicidio calificado del coronel del Ejército Gerardo Huber Olivares, ocurrido a fines de enero de 1992 en la zona del Cajón del Maipo, región Metropolitana.
En fallo dividido la Sala Penal del máximo tribunal del país dictó sentencia condenando a 5 de años de presidio con el beneficio de la libertad vigilada al general retirado Víctor Lizarrága Arias, y 4 años al Brigadier Manuel Provis Carrasco.
Ambos ex oficiales fueron condenados como autores de de homicidio calificado.
Por otro lado, la Corte desestimó los cargos por asociación ilícita en contra de los dos condenados y contra Carlos Krumm Rojas y Julio Muñoz Bustamante absolviéndose de tal delito al considerar que no estuvo configurado.
Cabe recordar que el coronel del Ejército Gerardo Huber Olivares despareció en enero de 1992, apareciendo su cadáver el 20 de febrero de ese año en un montículo del rio Maipo con el cráneo destrozado por un impacto de bala.
Según la investigación, Huber había sido llevado bajo engaño por su amigo Julio Muñoz, hasta el lugar donde francotiradores dispararon un tiro a su cabeza a larga distancia.
En esos días, el fallecido militar se preparaba para prestar declaraciones ante la Justicia por el caso de tráfico de armas a Croacia.
Cabe señalar que en este fallo, en el ámbito civil se acogió la demanda en contra del Fisco y los dos condenados Lizárraga y Provis, determinando que deben pagar una indemnización solidaria de trescientos millones de pesos para la viuda Adriana Polloni y los tres hijos del matrimonio.