El ministro en visita Joaquín Billard condenó a 5 ex agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) por los secuestros calificados de los hermanos Mario y Nilda Peña Solari, quien estaba embarazada al momento de su desaparición.
Los hechos ocurrieron 1974 y 1984 en Santiago.
La resolución del ministro Billar fue la siguiente:
-Raúl Iturriaga Neumann: 10 años y 1 día de presidio. Sin beneficios
-Risiere Altez España: 10 años y 1 día de presidio. Sin beneficios
-Manuel Carevic Cubillos: 6 años de presidio. Sin beneficios
-Hugo Hernández Valle: 6 años de presidio. Sin beneficios
-Manuel Rivas Díaz: 3 años de presidio. Se concedió el beneficio de la remisión condicional.
Los antecedentes señalan que se detuvo a Mario Peña Solari presumiblemente en la vía pública por agentes de la DINA. Al día siguiente se dirigieron a su hogar para allanarlo, oportunidad en la que detuvieron a Nilda Peña Solari, con la excusa de realizar un pequeño interrogatorio.
Ambos hermanos permanecieron detenidos por un periodo indeterminado de días en centros de detención de la DINA. Hasta la fecha ambos figuran como detenidos desaparecidos en el informe de la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación.
En el segundo caso, el magistrado dictó condena por los homicidios calificados de Enzo Muñoz Arévalo, Héctor Sobarzo Nuñez, Juan Varas Silva y Ana Delgado Tapia, ocurridos 2 de julio del año 1984, en Santiago.
En este caso, el magistrado dictó sentencia condenatoria en contra los ex agentes de la Central Nacional de Informaciones (CNI):
-Álvaro Corbalán Castilla: 15 años de presidio por los homicidios de Varas y Delgado. Sin beneficios
-Hernán Vásquez Villegas: 6 años de presidio por los homicidios de Varas y Delgado. Sin beneficios
-Reimer Kohlitz Fell: 6 años de presidio por los homicidios de Muñoz y Sobarzo. Sin beneficios
-Jorge Hernández Espinoza: 3 años y un día de presidio por los homicidios de Muñoz y Sobarzo. Se concedió el beneficio de la libertad vigilada
-Juan Rubilar Ottone: 3 años y un día de presidio por los homicidios Muñoz y Sobarzo. Se concedió el beneficio de la libertad vigilada
-Pedro Guzmán Olivares: absuelto de todos los cargos.
El fallo determinó que el Fisco debe pagar una indemnización de un total de 30 millones de pesos a los familiares de las víctimas de ambos casos.